Circular SBP-DR-2026-0076: la SBP actualizó el AT03 (Tabla SB120, campo 73)
La SBP acaba de tocar el átomo que más pesa: el AT03.
La Circular SBP-DR-2026-0076 (10 de agosto de 2026) actualiza la Tabla Auxiliar SB120 «Categoría de cambio» — el campo 73 del Átomo de Crédito (AT03) — con ocho códigos para clasificar la cartera refinanciada, reestructurada e irrecuperable con prórroga autorizada para su castigo.
¿Para qué? Para identificar y dar seguimiento estadístico a la cartera con prórroga autorizada para el castigo de operaciones (artículo 27 del Acuerdo 4-2013).
Los códigos: 01 Refinanciado · 02 Reestructurado · 03 (inhabilitado) · 04 Reestructurado migrado · 05–08 nuevas categorías de préstamos irrecuperables con prórroga autorizada para su castigo (refinanciado, reestructurado, reestructurado migrado e irrecuperable) · «NA» si no aplica ninguna.
El detalle que evita rechazos: cada código exige su fecha — refinanciados en el campo 24, reestructurados en el campo 25, y las prórrogas (05–08) en el campo 23 con la fecha de vencimiento de la prórroga. Ninguna puede venir en blanco, y deben ser posteriores al inicio del crédito.
Vigencia: transmisión a partir de octubre de 2026, dentro de los primeros 10 días hábiles, con información al cierre del mes anterior, para toda la cartera de préstamos.
Fuente: Superintendencia de Bancos de Panamá — Circular SBP-DR-2026-0076 y Tabla SB120. ¿Dudas con la implementación en tu entidad? El AT03 es literalmente nuestro idioma desde 2001.